sábado, 24 de enero de 2009

ENTIDADES PÚBLICAS PODRÁN APROBAR SUS PROGRAMAS DE INVERSIONES 2010-2012 HASTA EL 31 DE ABRIL


25 de enero del 2009
Diario El Regional de Piura
Mientras que informes de evaluación de inversiones deberán presentarse al MEF en enero de 2010. Entidades públicas podrán aprobar sus programas de inversiones 2010-2012 hasta el 31 de abril

Enero,25,2009.- Lima. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso ayer que las entidades públicas puedan aprobar su respectivo Programa Multianual de la Inversión Pública (PMIP) 2010 – 2012 hasta el 30 de abril y luego enviarlo a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM) del ministerio.
En caso que alguna entidad del Sector Público no cumpla con remitir su PMIP en dicha fecha, la DGPM ajustará las proyecciones para dicho sector ajustará las proyecciones para dicho sector, en base al PMIP 2009-2011.
Según una Resolución del MEF, publicada ayer, la Oficina de Programación e Inversiones (OPI) de cada sector deberá presentar una versión inicial del PMIP a la DGPM antes del 16 de febrero, para que se proceda a la verificación de su consistencia.
Luego que la DGPM verifique la consistencia del PMIP sectorial y que sus recomendaciones han sido consideradas, el Órgano Resolutivo de cada sector debe aprobar el PMIP a más tardar el 30 de abril.
Asimismo, el MEF determinó que el PMIP de los gobiernos regionales y locales deberán incorporar los proyectos de inversión que constituyen soluciones a los principales problemas identificados en el proceso de planeamiento del desarrollo concertado, considerando aquellos proyectos de inversión a priorizarse en el proceso de presupuesto participativo.
En la elaboración de estos PMIP se deben aplicar criterios de priorización como que los proyectos en ejecución que culminen en el año fiscal siguiente, los nueves proyectos de inversión que cuenten con viabilidad y presenten mayor rentabilidad social, entre otros.
Hasta el 31 de marzo de cada año, la OPI de los gobiernos regionales y la OPI de los gobiernos locales, en coordinación con las entidades y empresas adscritas o que pertenecen a éstos, deberán revisar y actualizar el PMIP, considerando el siguiente año fiscal como primer año del período del PMIP.
Una vez efectuada dicha actualización y aprobado el PMIP por el Órgano Resolutivo respectivo, es remitido a la DGPM por la OPI del gobierno regional o local, antes del 30 de abril de cada año.
Las OPI de los sectores del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, remitirán a la DGPM un Informe de Evaluación del primer año del PMIP 2010-2012 antes del 15 de enero de 2010.
Dicho informe considerará la información sobre aquellos proyectos que fueron considerados y de aquellos que no fueron considerados en la Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2010, información sobre el estado de los proyectos ejecutados en el año fiscal 2009 y que continúen en ejecución en el 2010, e información que considere relevante para el siguiente proceso de programación multianual.

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